El Tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado a los testigos promovido por la mencionada ciudadana, dejando a salvo los Derechos de Terceros, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de los Ciudadanos y Ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley; RESUELVE: declarar "ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO" a los ciudadanos ELDA PEÑA DE TORRES, EBER DOMINGO PEÑA REY, OLIVA PEÑA REY, JOSE ALIGIO PEÑA REY, JUANA ALIDA PEÑA REY, MARLENE PEÑA REY, ANA CELINA PEÑA REY, NELLY ESPERANZA PEÑA REY, DORIS COROMOTO PEÑA REY Y HENRY VALENTIN PEÑA REY, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 3.075.598, V-3.079.695, V- 3.577.029, V- 4.131.679, V- 4.457.569, V- 3.375.811, V-7.027.838, V- 7.028.312, V- 7.045.778 y V-7.079.233, en su condición de hijos de la de-Cujus ERNESTINA REY DE PEÑA, quien en vida era venezolana, mayor de edad, titu.....