Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 28 de marzo de 2011, por los abogados FELIX MORILLO BLANCO y ALEJANDRO ARENAS MONTES, contra la sentencia dictada el 26 de enero de 2011, por el Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE SERVICIO, incoada por la Sociedad Mercantil RED DE PROFESIONALES INMOBILIARIOS, C.A., contra la ciudadana ALBA MARIN VALLE DE ARENAS.- TERCERO: INADMISIBLE la Reconvención interpuesta por los abogados FELIX MORILLO BLANCO y ALEJANDRO ARENAS MONTES, en su carácter de apoderad.....