Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 06 de julio del 2005, por el abogado RAFAEL A. PINTO, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana CARMEN LUCRECIA NIEVES DE HERNANDEZ, contra la sentencia dictada el 06 de junio del 2005, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en esta ciudad.- SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de resolución de contrato incoada por la precitada ciudadana CARMEN LUCRECIA NIEVES DE HERNANDEZ, contra DANIEL AUGUSTO SANTELIZ.
Queda así CONFIRMADA la sentencia objeto de la presente apelación.
Se condena en costas a la parte apelante, de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código .....