Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE EL ANUNCIO DEL RECURSO DE CASACIÓN, contra la sentencia interlocutoria dictada por este Tribunal en fecha 17 de mayo del 2004, que declaró con lugar la apelación interpuesta el 18 de octubre del 2002, por el ciudadano ROMER BENJAMIN MOSQUERA SANCHEZ, en su carácter de Administrador de la sociedad de comercio INVERSIONES CANADA, C.A., asistido por el abogado ALFREDO CALATRAVA SANTANA, contra el auto dictado el 15 de octubre del 2002, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que admitió las pruebas promovidas por la parte demandante reconvenida, y ordenó la apertura de la articulación probatoria.