En razón de todas las anteriores consideraciones, este Juzgado Cuarto De Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, actuando en sede mercantil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda intentada por la ciudadana, ANGELLY ANDREINA LINAREZ QUIÑONES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-17.172.171, asistida por la abogada, LAURA BURGOS DE MEJIAS, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 54.504, contra DANIEL AMENODORO AGUILAR SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-12.525.183, por ACCIÓN MERO DECLARATIVA.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.