Ahora bien, en observancia al novísimo criterio jurisprudencial emanado de la Sala Civil de nuestro máximo Tribunal y en estricto acatamiento de las normas constitucionales que contemplan principios de justicia expedita, oportuna y eficaz, así como en atención a que la misma debe ser administrada con la mayor brevedad procesal, evitando dilaciones y retardos procesales, este Tribunal ordena la REANUDACIÓN DE LA PRESENTE CAUSA y en tal sentido, se ordena la notificación de la abogada ALICIA FUENTES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 5.756, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos RAFAEL ÁNGEL ARTEAGA, ANTONIO JOSÉ ARTEAGA, JHONNY ANTONIO ARTEAGA, LUIS RAMÓN ANGARITA ARTEAGA, JOSÉ ALBERTO ANGARITA RODRÍGUEZ, LUIS RICHANY NAVIEL ANGARITA RODRÍGUEZ, JOSÉ ARMANDO ANGARITA RODRÍGUEZ (parte actora) y de la ciudadana CARMEN ALICIA ARTEAGA, titular de la cédula de identidad No. V-5.464.313, en su persona o en la de sus apoderados judiciales, abogados ESPERANZA HERNÁNDEZ y/o P.....