PRIMERO: SIN LUGAR la Oposición formulada por el ciudadano WILLIAM TORRADO RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.021.220 y de este domicilio.
SEGUNDO: En consecuencia, se ordena la CONTINUACIÓN DE LA EJECUCIÓN al convenimiento celebrado entre las partes, homologado por el tribunal en fecha 11 de julio de 2005, y el cual se encuentra definitivamente firme, tal como se desprende del auto de fecha 05 de octubre de 2005.