Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1. PRIMERO: INADMISIBLE IN LIMINE LITIS la presente demanda por NULIDAD, intentada por el abogado JOSÉ MANUEL CHÁVEZ HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-6.890.750, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro 116.299, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana SUSYELIT YOHELI SEGOVIA MANZANO DE VELÁSQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V.- 6.890.750, representada según poder general de administración y disposición por el ciudadano WOLFGANG JESÚS SEGOVIA GAIZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.023.043, contra el ciudadano CASTRO ELIEZER ESCOBAR HISTOL,.....