III
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: se declara SIN LUGAR las oposiciones de: a) JESÚS ALIXANDER OSORIO, en su propio nombre y en representación de ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE SERVICIOS FUNERARIOS SANTA ROSA 12 RL., b) JESUS ALIXANDER OSORIO, ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE SERVICIOS FUNERARIOS SANTA ROSA 12 RL., c) CARMEN OSORIO DE GONZALEZ, GERARDO CONTRERAS PEÑA, NIVIA MALENNY BLANCO, VICENT ALLEN SOLANO P, EDGAR SEQUERA REYES, CLARA ISABEL OJEDA CHIRIVELLA, DAYSSI GUERRERO, y JOSÉ ALEJANDRO RICAURTE ZULETA, en su carácter de asociados de la cooperativa ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE SERVICIOS FUNERARIOS SANTA ROSA 12 RL., plenamente identificada en autos.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia interlocutoria dictada el 19 de octubre de 2.....