con lugar la solicitud de únicos y universales herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos, a los ciudadanos GRECECAROLINA NOGUERA OCHOA y HECTOR ALEXIS NOGUERA OCHOA, antes identificados, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante ciudadano PEDRO OCHOA HERNANDEZ, quien falleció ab-intestato, el día 04 de noviembre del año 2008, según consta de Acta de Defunción inserta bajo el N° 101, Tomo II, de fecha 05 de noviembre del año 2008, inserta ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Tocuyito, Municipio Libertador del Estado Carabobo, - ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados a los fines legales consiguientes, todo de conformidad con lo establecido en los Artìculos 111 y 112 del Còdigo de Procedimiento Civil.- Devuélvanse original las presentes actuaciones a los solicitantes.-