DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: ALEXIS JESÚS LANDAETA GUZMAN y NIDYA COROMOTO DÍAZ FRAILE, ya identificados, y en consecuencia DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial que los une y contraído en fecha 25 de Febrero de 1.978, por ante la Prefectura del Distrito Mariño, Municipio Turmero del Estado Aragua, según consta del acta de matrimonio que corre agregada al folio Tres (3) del Expediente.-