CAPITULO III.
PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora, del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la Pretensión Jurídica que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, interpusiera el Abogado Arnaldo Moreno León, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.388.318, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 19.186, domiciliado en la ciudad de Valencia, aquí de tránsito, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana Nunzia María Matera de Pizzolla y de sus co-herederos Domenica Pizzolla, Piero Pizzolla Matera, Franco Pizzolla Matera y Mariella Pizzolla Matera, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V.....