CAPÍTULO III
PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio, del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre materias disponibles, acuerda homologar el Desistimiento efectuado por los ciudadanos KELVIN ABRAHAN AGUIRRE BASABE y CAROLINA DEL VALLE MUÑOZ VERASTEGUI, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, titulares de las cédulas de identidad Números V-16.781.724 y V-8.517.038, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio LIEVANO J. LEÓN RAMOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 131.387, de este domicilio, de la presente solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, téngase como sentencia pasada con autoridad de.....