CAPÍTULO III
PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora, del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre materias disponibles, acuerda homologar la transacción efectuada por las partes Abogada DAISY PULIDO SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.904.952, de este domicilio, abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 188.365, en su carácter de endosataria por procuración del ciudadano HENRRY RAFAEL NOGUERA NOGUERA, y la ciudadana AURA MARINA OSTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.152.129, de este domicilio, asistida por la abogada Zuleim.....