Con fundamento a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y
Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, san Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial
del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley,
declara PROCEDENTE la Solicitud de Divorcio, formulada por ciudadanos INGRID DEL CARMEN
HENRIQUEZ MORILLO y ALFONSO DE JESUS TRAVIESO VASQUEZ,, y disuelto el vínculo
Matrimonial que los unía desde el día 27 de Agosto de 2015, fecha en la que contrajeron matrimonio por
ante la Oficina de Registro Civil del Municipio San Joaquín Estado Carabobo. Acta N° 104.
Por cuanto los solicitantes manifestaron no haber adquirido bienes durante el matrimonio, no hay
COMUNIDAD CONYUGAL que liquidar
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO
ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN.....