Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR la Demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA realizada por la ciudadana MARIA MAGDALENA HIGUEREY DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-1.508.012, debidamente asistida por la Abogada HALNERIS GIOCONDO CASTELLANOS FERNANDEZ, Inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro: 63.297. En consecuencia se tiene como RECONOCIDO el instrumento privado que impulsa las presentes actuaciones a tenor de lo establecido en los artículos 1364 del Código Civil y 444 del Código de Procedimiento Civil, claro está, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese y regístrese.- Déjese Copia de esta decisión.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Des.....