III. DISPOSITIVA
Con fundamento a las precedentes consideraciones, este Juzgado Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO COMERCIAL interpuesta por la ciudadana ROSA ANTONIA RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.561.557, representado por los abogados LUÍS EDUARDO MELÉNDEZ ULACIO, MAGDY DANIEL GHANNAM EL MASRI y ELIZABETH ALVARADO GONZÁLEZ debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 30.777, 31.061 y 106.777, respectivamente contra la sociedad mercantil PETERYON, C.A., representada por el ciudadano YONATHAN JOSÉ JARABA OROZCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.086.369, representando por el abogado en ejercicio OCTAVIO JOSÉ A.....