DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN DE LA TRANSACCIÓN formulada por la SUCESIÓN SEABRA DE SOUSA AGOSTINHO, RIF J -07551788-1, representada por los apoderados judiciales LORENA MONTOYA VERDU y REINALDO AUGUSTO GARCÍA MORALES, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 74.134 y 194.695., y la por la parte demandada Sociedad de Comercio REPUESTOS Y ACCESORIOS J3M2, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en fecha 20 de noviembre del año 2009, anotada bajo el Nro. 33, tomo 89-A, a través de su directora MARIANGELA INMACULADA ALVÁREZ HERNÁNDEZ personalmente, asistida por el a.....