Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Superior del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: Sin Lugar el Recurso de Apelación, interpuesto por el abogado LUIS R. BAPTISTA SALAS, I.P.S.A. Nº 9.835, apoderado judicial de la parte recurrente, ciudadano JOSE MANUEL CONDE, en su carácter de Presidente de la Entidad Mercantil INVERSIONES MACO C.A., ya identificada, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 14 de Julio de 2016, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de este Circuito que declaró Sin Lugar la medida cautelar de embargo y declaratoria de derecho de retención, en la demanda por COBRO DE BOLIVARES, la cual se sustancia en el expediente Nº GH31-X-2016-000007.
SEGUNDO: Se confirma la sentencia interlocutoria recurrida de fecha 14 de Juli.....