Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Superior del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano Gustavo Enrique Morales Medina, titular de la cédula de identidad No.V- 6.687.419, mediante su apoderado judicial Geomar Diaz, IPSA No. 30.677, en contra de la decisión de fecha 12 de Noviembre de 2015, dictada por el Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de este Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, que inadmitió la demanda por Cumplimiento de Contrato de Opción a Compra Venta, intentada por el recurrente GUSTAVO ENRIQUE MORALES MEDINA contra la ciudadana LUCILA MARTINA BARRIOS.
SEGU.....