DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano LUIS MANUEL MENDOZA PEÑALOZA, titular de la Cédula de Identidad No. 11.527.968, de conformidad con el Artículo 318 Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de encontrarse la acción evidentemente prescrita en concordancia con el artículo 48 ordinal 8º ejusdem.