Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO relacionado con el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad incoado por el Abogado OSWALDO PINTO MALAGA, inscrito en el IPSA bajo el Numero 20.644, actuando en representación de "CORPORACIÒN MONFORT, C.A.", inscrita ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 10 de febrero de 1998, bajo el Nro. 46, Tomo 188-A-Qto.en contra del Acto Administrativo, contenido en la Providencia Administrativa Nº 00228-2017, de fecha 18-08-2017, dictada por la Inspectoría del Trabajo "Batalla de Vigirima" de los Municipios Guácara, San Joaquín, Diego Ibarra y los Guayos del Estado Carabobo,
PUBLÍQUESE, REGÍSTRES.....