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Decisiones del dia 03/10/2011

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : GP21-L-2011-000216 N° Sentencia : PJ0062011000183 Fecha: 03/10/2011
Procedimiento:
Transacción
Partes:
ROBERTO JOSE PRADO LUGO CONTRA TRANSPORTE LOS MAGNIFICOS, C.A.
Resumen:
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 258 Constitucional, 3 De La Ley Orgánica Del Trabajo 10 Y 11 De Su Reglamento Y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, en consecuencia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES en los términos como lo establecieron, dándole EFECTOS DE COSA JUZGADA. De esta acta se hacen cuatro (04) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. Se leyó y conformes firman.
Juez/Ponente:
Eustoquio José Yépez García
Organo:
Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : GP21-L-2011-000212 N° Sentencia : PJ0062011000187 Fecha: 03/10/2011
Procedimiento:
Admisión De Hecho
Partes:
ARMANDO RAMON BRETT POLANCO CONTRA TRANSPORTE MI DIEGO, C.A.
Resumen:
En consecuencia visto y revisados todos y cada unos de los conceptos reclamados por la actora en su escrito libelar, este juzgado en administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, incoada por el ciudadano ARMANDO RAMON BRETT POLANCO, en contra de la empresa, TRANSPORTE MI DIEGO, C. A, en tal sentido la empresa deberá cancelar por concepto de prestaciones sociales la cantidad de TREINTA Y UN MIL CIENTO CUARENTA Y BOLIVARES CON OCHENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 31.144,83), menos la cantidad recibida de SEIS MIL CINCUENTA Y SEIS BOLIVARES (Bs.6.056, 00) da como resultado la cantidad de VEINTICINCO MIL OCHENTA Y OCHO BOLIVARES CON OCHENTA Y TTRES CENTIMOS (Bs.25.088, 83) mas lo que resulte de la experticia complementaría del fallo, ASI SE DECLARA.
Juez/Ponente:
Eustoquio José Yépez García
Organo:
Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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