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Decisiones del dia 27/11/2015

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : GP21-L-2015-000373 N° Sentencia : PJ0052015000235 Fecha: 27/11/2015
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Beneficios
Partes:
JESÚS RAMÓN SUAREZ GAINZA & ENTIDAD MERCANTIL ARRENDA GRUA, S.A.
Resumen:
DE LA HOMOLOGACIÓN Este tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de Cosa juzgada. Se acuerda expedir las copias certificada de la presente acta, solicitada por las partes. Se ordena el cierre del presente expediente, una vez conste en auto el cumplimiento de la obligación respecto al pago convenido así como su posterior remisión a la Oficina de Archivo. EL JUEZ Abogado JOSÉ GREGORIO KELZI El DEMANDANTE. ABOGADO ASISTENTE POR LA EMPRESA DEMANDADA LA SECRETARIA Abogada YANEL MARITZA YAGUAS
Juez/Ponente:
José Gregorio Kelzi Tabban
Organo:
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : GP21-L-2015-000337 N° Sentencia : PJ0052015000236 Fecha: 27/11/2015
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Beneficios
Partes:
ALY DEL CARMEN RODRIGUEZ RIERA & ENTIDAD MERCANTIL ZAGO MAQUINARIAS, C.A., Y EL CONSORCIO CIMARRON, C.A.
Resumen:
Ahora bien, en virtud de lo que aduce el actor en su escrito libelar de que la parte demandante le abono la cantidad de CIENTO TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN BOLIVARES CON VEINTE CENTIMOS (Bs. 132.951,20), se ordena descontar este monto a la sumatoria anterior, arrojando la cantidad de SESENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE BOLIVARES CON SESENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 67.157.63). Igualmente este Tribunal condena al pago por concepto de INDEXACIÓN e INTERESES MORATORIOS; y para determinar el monto a pagar por concepto dichos conceptos, se ordena practicar EXPERTICIA COMPLEMENTARIA DEL FALLO, las cuales se calcularan a partir de la terminación de la relación laboral, es decir desde la fecha 10/07/2015 hasta la fecha de la publicación de la presente sentencia, excluyendo únicamente el lapso en que el proceso haya estado suspendido por acuerdo de las partes, o haya estado paralizado por motivos no imputables a ellas, es decir, caso fortuito o fuerza mayor. .....
Juez/Ponente:
José Gregorio Kelzi Tabban
Organo:
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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