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Decisiones del dia 23/05/2014

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : GP21-L-2014-000176 N° Sentencia : PJ0052014000108 Fecha: 23/05/2014
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Beneficios
Partes:
ELIMAR ANDREINA CABRERA & ASOCIACION COOPERATIVA DE TRANSPORTE LAS OLAS 8541, R.L.
Resumen:
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se acuerda expedir las copias certificada de la presente acta, solicitada por las partes y el cierre del presente expediente, así como su posterior remisión a la Oficina de Archivo. ABG. JOSE GREGORIO KELZI TABBAN Juez del Tribunal Décimo de Primera Instancia de S.M.E. POR LA PARTE ACTORA POR LA PARTE DEMANDADA ABG. DINA PRIMERA ROBERTIS Secretaria
Juez/Ponente:
José Gregorio Kelzi Tabban
Organo:
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : GP21-L-2014-000148 N° Sentencia : PJ0052014000109 Fecha: 23/05/2014
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos
Partes:
ANGEL ENRIQUE CORDOVA MIJARES & C.P. 2000, C.A,
Resumen:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello; y observando que de los argumentos explanados por la solicitante en su escrito, o de las pruebas presentadas y analizadas, no existen elementos suficientes que justifiquen el llamado como Tercero a la empresa PETROQUIMICA DE VENEZUELA C.A., PEQUIVEN, es por lo que se declara SIN LUGAR la solicitud de Tercería interpuesta , en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se deja establecido que el inicio de la audiencia preliminar se realizará a las nueve de la mañana (09:00 a.m.) del décimo día hábil siguiente a la presente fecha, sin necesidad de notificación por cuanto las partes están a derecho. Así se decide. En Puerto Cabello, a los veintitres (23) días del Mes de Mayo del Año 2014, Años 204° y 155.....
Juez/Ponente:
José Gregorio Kelzi Tabban
Organo:
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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