Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Sede Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA OPOSICION AL EMBARGO EJECUTIVO formuladas por los Abogados Mauro Ramírez y Evlin Guevara, actuando en su carácter de Apoderados judiciales del Transporte Fontanesi, S. A, y del ciudadano Leonardo Fontanesi, y por la Abogada Lucilda Ollarves Velásquez, actuando en su carácter de Apoderada Judicial del Banco Provincial S. A, Banco Universal; contra la Medida de Embargo Ejecutivo practicada en fecha 26/02/2004, por el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, sobre los bienes descritos en el acta de embargo (folios 77 al 80) del cuaderno de medidas, ordenando la entrega i.....