DECISIÓN
En fundamento a lo anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. Sede Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: homologado el desistimiento de la acción y del procedimiento seguido por el ciudadano JOSÈ ALEXANDERPÈREZ ZABALA contra el CENTRO SOCIAL ITALOS VENEZOLANOS, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, en consecuencia, se da por Terminado el asunto. Y ASÍ SE DECIDE.
Publíquese, regístrese, déjese copia para el archivo.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Sede Puerto Cabello, a los cuatro (04) días del mes de junio del año Dos Mil Catorce (2014). Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.
La Jueza Titular Quinta de Juicio del Trabajo
Abogada ZURIMA ESCO.....