III
DECISIÓN
Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
SIN LUGAR la solicitud de suspensión de los efectos del acto administrativo previsto en el artículo 263 del Código Orgánico Tributario, interpuesta en el recurso contencioso tributario, por el ciudadano Luis Augusto Silva Martínez, titular de la cédula de identidad N° V-7.132.922 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 61.148, actuando en su carácter de apoderado judicial de GRUPO AG ASOCIADOS, C.A., siendo su ultima modificación por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo el 1° de agosto de 1.994, bajo el N° 28, Tomo 6-A y en el Registro de Información Fiscal (RIF) J-07520605-3, con domicilio procesal en el Centro Comercial Siglo XXI, oficinas A-1 y A-2. Piso 3, Urbanización La Viña, Valencia, Estado Carabobo; c.....