III
Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento presentada por la ciudadana Ana Basilia Rivas Mijares, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. V-3.602.678, y de este domicilio, asistida por la abogada Carol Aponte de Quintero, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 69.744; ordenándose tanto al Jefe de la Oficina Subalterna del Registro Civil de la Parroquia Goaigoaza, Municipio Puerto Cabello, estado Carabobo, como a la ciudadana Registradora Principal del estado Carabobo, estampar la nota marginal en el Libro de Registro Civil de Nacimientos, inserta bajo el No. 14, folio 07, año 1953, de fecha 16 de abril de 1953, asentando lo siguiente: Donde .....