Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 21 de noviembre del 2006, por la abogada MAYAHIM HERNANDEZ BLASCO, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ANDRES ARNOLDO PAZ MARQUEZ, contra el auto dictado el 20 de noviembre del 2006, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en esta ciudad, que negó la fijación de nueva oportunidad para la declaración de la testigo SANDRA VICCA GAGLIONE, promovida por la parte actora; SEGUNDO: REVOCA el auto anterior, y REPONE LA PRESENTE CAUSA AL ESTADO EN QUE SE FIJE NUEVA OPORTUNIDAD PARA QUE DECLARE LA TESTIGO, ciudadana SANDRA VICCA GAGLIONE, a cuyos fi.....