Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, Este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando como Tribunal Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE, la presente acción de amparo interpuesta por la ciudadana ANDY BEATRIZ MOLINA, asistida por el abogado RAFAEL HUMBERTO RAMOS, contra la sentencia interlocutoria dictada el 10 de julio de 2012, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en el juicio contentivo de RESOLUCION DE CONTRATO, incoado por la precitada ciudadano ANDY BEATRIZ MOLINA contra los ciudadanos JURI LINEY URREGO ROMERO y DOUGLAS DOMINGO GIL PEREZ, en el expediente signado con el N° 24.179, nomenclatura del precitado Juzgado Cuarto de Primera Instancia.
PUBLIQUESE
REGISTRESE y DEJESE COPIA