AUTO QUE ACUERDA AGREGAR PODER APUD ACTA
Vista el Poder Apud Acta otorgado por los ciudadanos RAMON ENRIQUE PARRA, LORENZO ANTONIO PARRA, VICTOR JULIO PARRA, MARISOL PARRA, ARACELIS COROMOTO PARRA, MARILU DEL VALLE PARRA, ANGELICA MARIA PARRA y MARIA ANGELINA PARRA GUERRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V-7.533.095, V-7.069.773, V-10.323.431, V-10.323.430, V-10.327.649, V-13.236.941, V-12.102.342, V-13.236.940 y V-2.349.418 al abogado TOMAS HUMBERTO PAEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 40.480. En consecuencia, téngase como apoderado judicial de la parte demandada al abogado antes mencionado. En este mismo acto consigan copia simple del Acta de Defunción y de la cédula de identidad del ciudadano Lorenzo Antonio Parra, para ser agregados a las actas del expediente. Agréguese.-