Conforme a lo expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer del recurso contencioso administrativo de anulación interpuesto por los abogados SABINO LINAREZ LOPÉZ, JOSE EMISAEL DURAN y RAFAEL AGÜIN PARADA, cédulas de identidad V-3.679.476, V-8.838.760 y V-6.563.160, inscritos en el Inpreabogado Nro. 102.590, 118.392 y 130.557, respectivamente, con carácter de apoderados judiciales del ciudadano CLODOALDO JOSÉ AGÜIN RODRIGUEZ, cédula de identidad V-3.836.347, contra la decisión tomada el 5 marzo 2008, por la comisión de Admisión y Disciplina del HOGAR HISPANO, A.C., con domicilio en Valencia, Estado Carabobo y DECLINA la competencia ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en func.....