JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- MARIARA, 11 de Abril de 2011
200º y 152º
Visto el anterior escrito, de fecha 06 de Abril de 2011, presentada por el ciudadano: FREDDY FRANCISCO NIEVES GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-7.205.769, asistido por la abogada: ENELIA M. BELTRAN M, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 155.904, désele entrada, asígnesele, háganse las anotaciones en los libros respectivos y por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden publico, ni a ninguna disposición expresa de la ley, SE ADMITE cuanto a lugar en derecho la solicitud de JUSTIFICATIVO JUDICIAL. En consecuencia, el Tribunal acuerda de conformidad, lo solicitado, todo de acuerdo a lo preceptuado en el articulo 94 del reglamento de la Ley de Transito y Transporte Terrestre, en concordancia con el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil. Por ende, se ordena oficiar AL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIEN.....