Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la parte demandante, ciudadana GRISEL DEL CARMEN ARELLANO RAMÍREZ; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada el 12 de diciembre de 2014 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró INADMISIBLE la demanda de simulación interpuesta por la ciudadana GRISEL DEL CARMEN ARELLANO RAMÍREZ en contra de los ciudadanos DANIEL MARTÍNEZ PUENTES, DANIEL JOSÉ MARTÍNEZ MALPICA, AMADO HUMBERTO MARTÍNEZ MALPICA, MARÍA ENRIQUETA MARTÍNEZ MALPICA y MARÍA FERNANDA MARTÍNEZ DE LIMA.