III
En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de los Ciudadanos y Ciudadanas y Por Autoridad de la Ley: Declara: INADMISIBLE la demanda
interpuesta por el ciudadano: CESAR AUGUSTO PRIETO RONDÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-3.999.479, y de este domicilio, debidamente asistido por los Abogados: Roger Morillo Lizardo, Cristina Hernández Ramírez y Franci castro Sánchez, inscritos en el I.P.S.A bajo los Nros: 24.536, 24.782 y 101.402, respectivamente, en contra de la ciudadana: EILYN CAROLINA LUGO DURAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.495.118.
Publíquese, regístrese y déjese copia debidamente certificada por Secretaría.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPI.....