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Decisiones del dia 13/04/2016

Formato:  Ficha  Lista

Paginas Ant 1 2 3 4 5 6 7 Sig [Total de sentencias: 62] Página 2 de 7
N° Expediente : GP31-S-2016-000048 N° Sentencia : PJ0082016000072 Fecha: 13/04/2016
Procedimiento:
Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil)
Partes:
SOLICITANTES: IVAN ANDRES BOLIVAR Y LEINER YISER TOVAR DE BOLIVAR, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, CÉDULAS DE IDENTIDAD NOS. V-7.168.004 Y V-8.591.013 RESPECTIVAMENTE, DE ESTE DOMICILIO, RESPECTIVAMENTE. ABOGADA ASISTENTE: NITZA ASCANIO, INSCRITA EN EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO BAJO EL NO. 74.518, Y DE ESTE DOMICILIO.
Resumen:
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO. Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO 185-A, interpuesta por los ciudadanos: IVAN ANDRES BOLIVAR Y LEINER YISER TOVAR DE BOLIVAR, venezolanos, mayores de edad, cédulas de identidad Nos. V-7.168.004 y V-8.591.013 de este domicilio, respectivamente, asistidos por la abogada NITZA ASCANIO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 74.518, y de este domicilio. En cuanto a los hijos, manifiestan los solicitantes que procrearon tres hijos durante su unión conyugal, los cuales son mayores de edad, con razón a los bienes, liquídese la comunidad conyugal.
Juez/Ponente:
María José Ambrosino Arrevillaga
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
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N° Expediente : GP31-S-2016-000086 N° Sentencia : PJ0082016000073 Fecha: 13/04/2016
Procedimiento:
Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil)
Partes:
SOLICITANTES: EDUAR JOSE ESPINOZA LUGO Y NUBIRSES ELENA SANCHEZ CONTRERAS, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, CÉDULAS DE IDENTIDAD NOS. V-9.925.562 Y V-8.839.074 RESPECTIVAMENTE, DE ESTE DOMICILIO, RESPECTIVAMENTE. ABOGADA ASISTENTE: ROSIBEL CHIRINOS, INSCRITA EN EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO BAJO EL NO. 75.895, Y DE ESTE DOMICILIO.
Resumen:
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO. Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO 185-A, interpuesta por los ciudadanos: EDUAR JOSE ESPINOZA LUGO Y NUBIRSES ELENA SANCHEZ CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, cédulas de identidad Nos. V-9.925.562 y V-8.839.074 de este domicilio, respectivamente, asistidos por la abogada ROSIBEL CHIRINOS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 75.895, y de este domicilio. En cuanto a los hijos, manifiestan los solicitantes que procrearon tres hijos durante su unión conyugal, los cuales son mayores de edad, con razón a los bienes, liquídese la comunidad conyugal.
Juez/Ponente:
María José Ambrosino Arrevillaga
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
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N° Expediente : GP31-S-2016-000166. N° Sentencia : PJ0062016000102 Fecha: 13/04/2016
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
SOLICITANTES: DEYANIRA MARIA CEDEÑO ALVAREZ Y ESTEBAN ANTONIO BOLIVAR PEREZ. ABOGADA ASISTENTE: YOJANA CAMPOY.
Resumen:
El Decreto de Titulo Supletorio sobre las bienhechurias que se determinan en el escrito de la solicitud y que aquí se reproducen, con todos los derechos y atributos que la Ley acuerda, dejan a salvo los derechos de terceros; atributos y derechos todos estos declarados conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Expídase por secretaria copias debidamente certificadas del presente auto resolutorio, de acuerdo a lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Tal como se pidió. Devuélvase todo en original con sus resultas a la parte interesada. CUMPLASE. LA JUEZA TITULAR, Abg. ALICIA MARÍA TORRES HERNÁNDEZ. LA... ... SECRETARIA, Abg. AISSES MARGARITA SALAZAR CARVETTE. En la misma fecha se devuelve en original estas actuaciones a la parte interesada, previa certificación de las actuaciones que conforman la presente solicitud. LA SECRETARIA, Abg. AISSES MARGARITA SALAZAR CARVETTE
Juez/Ponente:
Alicia María Torres Hernandez
Organo:
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
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N° Expediente : GP31-S-2015-000831. N° Sentencia : PJ0062016000101 Fecha: 13/04/2016
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
SOLICITANTE: WILMER JOSE VALLES PACHECO. ABOGADA ASISTENTE: VANESSA YUDITH PEREZ HERRERA.
Resumen:
El Decreto de Titulo Supletorio sobre las bienhechurias que se determinan en el escrito de la solicitud y que aquí se reproducen, con todos los derechos y atributos que la Ley acuerda, dejan a salvo los derechos de terceros; atributos y derechos todos estos declarados conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Expídase por secretaria copias debidamente certificadas del presente auto resolutorio, de acuerdo a lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Tal como se pidió. Devuélvase todo en original con sus resultas a la parte interesada. CUMPLASE. LA JUEZA TITULAR, Abg. ALICIA MARÍA TORRES HERNÁNDEZ. LA SECRETARIA, Abg. AISSES MARGARITA SALAZAR CARVETTE. En la misma fecha se devuelve en original estas actuaciones a la parte interesada, previa certificación de las actuaciones que conforman la presente solicitud. LA SECRETARIA, Abg. AISSES MARGARITA SALAZAR CARVETTE.
Juez/Ponente:
Alicia María Torres Hernandez
Organo:
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
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N° Expediente : GP31-S-2015-000333 N° Sentencia : 2016-000080 Fecha: 13/04/2016
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
ANGELICA ROJAS OROZCO
Resumen:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN POR FALTA DE INTERÉS PROCESAL, en la Solicitud de Titulo Supletorio, presentada por la ciudadana ANGELICA ROJAS OROZCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-11.371.955, en consecuencia se declara terminado el procedimiento.
Juez/Ponente:
José Antonio Sosa Lozano
Organo:
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
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N° Expediente : GP31-S-2015-000348 N° Sentencia : 2016-000079 Fecha: 13/04/2016
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
NAYALYS NISBETH NAVARRO RODRIGUEZ
Resumen:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN POR FALTA DE INTERÉS PROCESAL, en la Solicitud de Titulo Supletorio, presentada por la ciudadana NAYALYS NISBETH NAVARRO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-10.250.504, en consecuencia se declara terminado el procedimiento.
Juez/Ponente:
José Antonio Sosa Lozano
Organo:
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
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N° Expediente : GP31-S-2015-000610 N° Sentencia : 2016-000078 Fecha: 13/04/2016
Procedimiento:
Unicos Y Universales Herederos
Partes:
CESAR ANTONIO SOTO PONTILES, GLADYS MARGARITA SOTO PONTILES Y YAJAIRA DEL VALLE SOTO PONTILES
Resumen:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN POR FALTA DE INTERÉS PROCESAL, en la Solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, presentada por los ciudadanos CESAR ANTONIO SOTO PONTILES, GLADYS MARGARITA SOTO PONTILES y YAJAIRA DEL VALLE SOTO PONTILES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nros. V.-.4.838.763, V.-8.597.121 V.-8.611.179, respectivamente, en consecuencia se declara terminado el procedimiento.
Juez/Ponente:
José Antonio Sosa Lozano
Organo:
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
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N° Expediente : 15.838 N° Sentencia : Fecha: 13/04/2016
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
RAMON WISTHERMUNDO HERRERA VS INSTITUTO AUTONOMO CUERPO DE POLICIA DEL ESTADO COJEDES
Resumen:
Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, actuando con la competencia que le es atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1. RATIFICA el Amparo Cautelar, dictado por este Juzgado Superior, en fecha veintiséis (26) de Febrero de 2016, mediante el cual declaró: PROCEDENTE el amparo cautelar solicitado y a los fines de restablecer la situación jurídica infringida, ORDENA al Director del Instituto Autónomo del Cuerpo de Policía del estado Cojedes, para que realice la REINCORPORACIÓN PROVISIONAL del ciudadano RAMON WISTHERMUNDO HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 12.768.381 al cargo de Oficial Jefe, adscrito a esa policía, o uno de similar categoría, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en el presente juicio o culmine el tiempo estipulado de protección cautelar.
Juez/Ponente:
Luis Enrique Abello Garcia
Organo:
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
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N° Expediente : 15.150 N° Sentencia : Fecha: 13/04/2016
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
MOGOLLON BOINER THEOSCAR ANTONIO VS CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY
Resumen:
Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN y en consecuencia la EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA.
Juez/Ponente:
Luis Enrique Abello Garcia
Organo:
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
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N° Expediente : 15.892 N° Sentencia : Fecha: 13/04/2016
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
PEDRO LUIS DUARTE ESTUPIÑÁN VS CUERPO POLICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Resumen:
Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, incoado por el ciudadano PEDRO LUIS DUARTE ESTUPIÑÁN, titular de la cédula de identidad Nro. V- 17.553.838, asistido por la abogada Aixa Alfonzo Larez, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 28.835, contra el acto administrativo sancionatorio de destitución contenido en la Providencia Administrativa Nro. 072/2015, de fecha 08 de Septiembre de 2015, dictada por el Consejo Disciplinario del Cuerpo Policial del Estado Carabobo; y en consecuencia: 1.- SE DECLARA: La nulidad del acto administrativo sancionatorio de destitución contenido en la Providencia Administrativa Nro. 072/2015, de fecha 08 de Septiembre de 2015, dictada por el Consejo Disciplinario del Cuerpo Policial del Estado Carabobo. 2.- SE ORDENA: La reincorporación del ciudadano PEDRO .....
Juez/Ponente:
Luis Enrique Abello Garcia
Organo:
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
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