CAPITULO III
DECISIÓN
Por lo tanto, este Juzgado Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil, imparte la correspondiente homologación al desistimiento del procedimiento efectuado en el juicio por Divorcio interpuesto por el ciudadano Johan Agustín Morales Ruiz, mediante su apoderada judicial abogada Lorna Castro, contra la ciudadana Yoselis Dayana Aguilar Páez, En consecuencia, se da por terminado el presente juicio, se ordena la devolución de los documentos originales a la parte actora, y el archivo del expediente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los trece días del mes de febrero de 2015, siendo las 03:04 de la tarde. Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
P.....