Vista la apelación efectuada por el abogado JOSÉ ANTONIO FERNANDEZ PÉREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 30.691, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte accionada, contra la sentencia definitiva dictada por este Tribunal en fecha 29 de enero de 2009, este Juzgado conforme a lo establecido en el articulo 239 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en concordancia con los artículos 288, 290 y 294 del Código de Procedimiento Civil, la oye en ambos efectos. En consecuencia se acuerda remitir el presente expediente, mediante oficio al Tribunal de alzada, que lo es el Juzgado Superior Segundo con competencia en los Estados Aragua, Carabobo y Cojedes, con sede en la ciudad de San Carlos, Estado Cojedes.
Ofíciese lo conducente.