Con fundamento en lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la circunscripción judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA:
1) Prohibición de enajenar y gravar sobre inmueble registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Primer Circuito del Municipio Valencia, estado Carabobo en fecha 17 de octubre de 1985 bajo el Nº 22 folios 1 al 3 protocolo primero tomo 5.
2) Medida de embargo sobre un mil quinientas (1.500) acciones que posee el ciudadano JESÚS ERNESTO GARCÍA BETHELMY en la empresa QUICK SERVICE C.A., sociedad de comercio de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la circunscripción judicial del estado Carabobo, en fecha 22 de mayo de 1998 bajo el N° 73, tomo 32-A., y,
3) Medida de embargo sobre treinta y dos (32) acciones que posee el ciudadano JESÚS ERNESTO GARCÍA BETHELMY en la empresa en la empresa GAMMA 6, C.A. sociedad d.....