Dispositiva.
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Unipersonal en Funciones de Juicio 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Se declara inculpable y en consecuencia se absuelve al ciudadano: Jimmy Alberto Morales, venezolano, natural de Valle de La Pascua, Estado Guarico, de fecha de nacimiento 18-11-1964, de 43 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-08.608.568, estado civil: soltero, profesión u oficio: obrero, hijo de Jesús Brito y Aura Antonia Morales, residenciado en Barrio Rancho Chico segunda Calle casa N° 11, Puerto Cabello, Estado Carabobo, de la participación como Trafico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en su modalidad de Distribución, Ocultamiento y Transporte en Grado de Cooperador Necesario, previsto y sancionado en el ar.....