esta Sala PRIMERO: DECLARA CON LUGAR por resultar procedente de conformidad con los artículos 470 numeral 6, 473 y 475 todos del Código orgánico Procesal Penal, la solicitud de Revisión de Sentencia planteada por la abogada GLADYS CASTELLANOS GUEDEZ, en su condición de defensora del Ciudadano: EUSTAQUIO GAMBOA ARBOLEDA en relación a la penalidad impuesta en la sentencia proferida por el Juez Segundo del Tribunal de Juicio de este Circuito Judicial, en fecha 10 de marzo del 2005, quedando la pena a imponer al precitado penado, luego de la rebaja realizada a la misma, en un (1) año de prisión, por ser autor material del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Articulo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas de la derogada ley, en perjuicio de la colectividad. Asimismo, se deja constancia que el Juez A-quo, tomó en cuenta para la aplicación de la pena, el artículo 37 ordinal 4 del Códi.....