Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada en ejercicio YUDITH ELIZABETH TELLECHEA BERMUDEZ, actuando como defensora del ciudadano ANIBAL MARTINEZ SEQUERA.
SEGUNDO: REVOCA la decisión de fecha 16-02-2006, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio No. 07, de este Circuito Judicial Penal.
TERCERO: ORDENA al juzgado a-quo, proceda a devolver la actuación al Juzgado de Control que realizó la audiencia preliminar a los fines de que corrija en un lapso no mayor de 48 horas la omisión detectada en el auto de apertura a Juicio, y se explane la calificación jurídica adoptada en la audiencia preliminar en cuanto a los hechos por los cuales se presentó acusación,.....