En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO; Administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO intentada por el abogado en ejercicio EDUARDO CRÍSPULO DÍAZ-SANTOS GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 16.189., apoderado judicial del ciudadano JORGE VALENTÍN DIÁZ - SANTOS GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° V-5.373.043, de este domicilio. SEGUNDO: SE ORDENA la rectificación del Acta de Nacimiento, Nro. 1539, tomo IV, año 1959, inserta en los Libros de Nacimiento llevados por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Ca.....