Se decretó al imputado, YOHANDRY RAFAEL TIMAURE RODRIGUEZ, indocumentado, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinales 3 y 4 del Código Penal, en concordancia con el artículo 80 ejusdem. Líbrese oficio al Comande General de la Policía del Estado Carabobo. Remitase a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público.