DECISIÓN
En orden a los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines de dictar sentencia considera después de un minucioso análisis de las actas procésales que rielan en el presente expediente y administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA SIN LUGAR la demanda intentada por la ciudadana MARIA VIDALINA ALBERTA BIENES, de nacionalidad española, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E-988.867, representada por sus Apoderadas Judiciales FLERIDA OVALLES y YULI TORRES; inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 97.389 y 106.064, contra el ciudadano BOADIL ISAA ECHANDYA LEONARDIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.167.606, representado por sus Apoderados Judiciales MILAGROS BELLO FERNANDEZ, CARTI JESUS PULIDO NAMIAS y MARLENE PULIDO VIDAL, titulares de l.....