III.- DISPOSITIVA:
En razón de lo anteriormente expuesto este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de DAÑO MORAL, presentada por Sociedad Mercantil TRASMELEC C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del estado Carabobo, en fecha 01 de agosto de 2020, anotada bajo el número 44, tomo 36-A, y su última modificación inscrita en fecha 18 de septiembre de 2024, bajo el nro. 25, tomo 135-A, a través de su apoderado judicial el abogado RAMON PACHECO VELOZ, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo le Nro. 116.201, y de este domicilio, en contra de el ciudadano RICHARD ELOY FERNANDEZ CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.909.392.....