Con fundamento en lo expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, ACUERDA LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre un inmueble constituido por un apartamento, identificado con el Nº 6-PB-B, tipo 2, ubicado en la planta baja, del edificio 6, Sexta Etapa del CONJUNTO RESIDENCIAL SAN FRANCISCO, el cual ha sido edificado sobre la parcela integrada, identificada con la letra y numero V1 -V2, situado en el lote A-2, ubicado en la hacienda Monteserino del Parcelamiento denominado URBANIZACION SAN ANTONIO, el cual se encuentra en el sector Monteserino del Municipio San Diego del estado Carabobo, identificado con el código catastral Nº 08 12 01 U01 3. El cual tiene una superficie aproximada de SETENTA Y TRES METROS CON DIECISIETE CENTÍMETROS CUADRADOS (73,17 Mts2), aproximadamente, integrado por: Área de recibo, come.....