III. DECISIÓN
En razón de lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA COMPETENTE en razón de la MATERIA, para conocer de la demanda interpuesta por la ciudadana VILMA JOSEFINA CAFFRONI GARCÍA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 7.122.036, de este domicilio, debidamente asistida por el abogado en ejercicio WILKINSON VILLAFAÑE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 146.593, en contra del ciudadano CARLOS JOSÉ BINASCO REYES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 8.836.487 de este domicilio, por IRREGULARIDADES ADMINISTRATIVAS. SEGUNDO: No hay condenatoria.....