Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1.PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda por REIVINDICACIÓN, intentada por el abogado GIAN CARLOS BENNASSAR RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.725.270, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 174.790, en representación del ciudadano DOMINGO ANDRES ESCALANTE GUERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.741.843, según poder otorgado por la ciudadana RUDYS NAHIR RAMOS DE VILLARROEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.976.62, contra el ciudadano MOISES FRANCISCO SEVILLA MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.080.285